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Misma carrera, mismo número de hijos, pero jubilación diferente: cómo influyen los periodos de maternidad en tu pensión

Alain
Alain
septembre 16, 2026 7 min
Deux femmes assises face documents retraite sur table

Dos colegas con el mismo trabajo, el mismo salario durante treinta años, dos hijos cada uno. Sin embargo, al calcular su pensión de jubilación, la diferencia puede ser de varios meses de cotización. La razón no radica en la carrera ni en el número de hijos, sino en cómo se han computado y distribuido entre los progenitores los periodos de maternidad y cuidado de hijos en el expediente de Seguridad Social.

Este mecanismo de computo de periodos asimilados a cotización sigue siendo poco conocido, aunque incide directamente en la edad de jubilación y en la cuantía de la pensión.

Cómo los hijos influyen en tu jubilación: períodos asimilados a cotización

La regla básica es sencilla en teoría: cada hijo genera el derecho a que se computen días asimilados a cotización, además de los cotizados efectivamente por trabajo. Estos periodos se suman a la carrera de cotización y pueden permitir alcanzar la jubilación a una edad menor sin esperar a la edad legal de jubilación. Es una ventaja familiar pensada para compensar los periodos en los que la actividad profesional se ha visto frenada, reducida o interrumpida por un parto.

Sin embargo, el cómputo de estos periodos no es automático de la misma forma para todos. Según quién haya ejercido los derechos, según el régimen de afiliación, según las decisiones tomadas dentro de la pareja, dos progenitores con un recorrido profesional idéntico pueden acabar con un número de periodos de maternidad diferente. Esto explica por qué la jubilación nunca es puramente mecánica.

Cómputo de periodos por maternidad, adopción y cuidado de hijos

En el régimen de la Seguridad Social, el cómputo de periodos se descompone en varias partes. Una parte está vinculada directamente a la maternidad (embarazo, parto) y corresponde automáticamente a la madre. Otras partes, vinculadas al cuidado de los hijos, pueden ser compartidas o atribuidas al padre si la pareja así lo decide dentro de los plazos establecidos.

Quién recibe los periodos: madre o padre

En un parto, la madre se beneficia de los 112 días de cotización por maternidad. Los periodos adicionales por cuidado de hijos, hasta 270 días por hijo, pueden repartirse entre ambos progenitores o atribuirse íntegramente a uno de ellos mediante una solicitud dirigida al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) antes de que el hijo cumpla tres años. En ausencia de elección expresa, estos periodos corresponden a la madre por defecto. En el caso de adopción o acogimiento, los periodos pueden distribuirse libremente entre los dos progenitores desde el inicio, sin distinción de sexo.

Número de días asimilados por hijo

En el régimen general de la Seguridad Social, cada hijo nacido, adoptado o acogido genera derecho hasta un máximo de 382 días totales asimilados a cotización: 112 días por el parto o adopción, más hasta 270 días adicionales por cuidado de hijos. En la función pública, el sistema difiere según el colectivo de pertenencia y la fecha de nacimiento del hijo.

Las situaciones que crean diferencias de jubilación con carreras iguales

Aquí es donde se genera la mayor parte de la diferencia entre dos carreras que sobre el papel parecen comparables.

Excedencia por cuidado de hijo e interrupción de actividad

Una excedencia por cuidado de hijo tomada a tiempo completo interrumpe la cotización efectiva, pero permite a menudo que se computen periodos como cotizados a través del régimen especial de la Seguridad Social para trabajadores autónomos o de los periodos de cuidado. El progenitor que ha reducido su jornada laboral o suspendido su actividad durante más tiempo acumula entonces derechos distintos del que se ha mantenido en activo, aunque el número de hijos sea exactamente el mismo.

Progenitor no activo vs progenitor en activo

El progenitor que no trabaja después de un parto depende casi enteramente de los periodos de maternidad y cuidado de hijos para construir sus derechos a la jubilación. Por el contrario, un progenitor que ha permanecido activo acumula periodos cotizados efectivamente y periodos asimilados, lo que modifica la estructura de su pensión final, aunque la duración total de cotización sea equivalente.

Diferencias entre sector privado y función pública

El régimen general de la Seguridad Social y el régimen de función pública no aplican las mismas normas en cuanto a los periodos de maternidad. Un funcionario se beneficia de bonificaciones específicas en función de la fecha de nacimiento del hijo, mientras que las reglas han evolucionado en los últimos años. El cálculo de la jubilación de un empleado del sector privado se rige por las normas del régimen general.

La diferencia típica entre dos progenitores de una pareja

Sin una distribución expresa de los periodos por cuidado de hijos, la madre puede acumular hasta 382 días asimilados a cotización por hijo, frente a cero para el padre si no se solicita expresamente al INSS. Con dos hijos, esto puede representar diferencias significativas en el cómputo total de la carrera de cotización, retrasando el acceso a la jubilación.

Casos particulares: 3 hijos o más, hijo con discapacidad

La bonificación por tres o más hijos añade una ventaja adicional no desdeñable: en el régimen general de la Seguridad Social, los progenitores de al menos tres hijos se benefician de un incremento de pensión del 5 %, aplicado sobre el montante total de la jubilación, además de los periodos de maternidad y cuidado clásicos. Esta bonificación puede beneficiar a la madre y al padre por separado según su propio recorrido de cotización.

Para un hijo con discapacidad, se pueden computar periodos adicionales de hasta un máximo determinado por ley, siempre que se acredite el grado de discapacidad exigido. Este dispositivo sigue siendo poco solicitado por falta de información, aunque puede adelantar significativamente la edad de jubilación.

Jubilación anticipada con acceso a tasa completa por maternidad

Existe para los progenitores que han tenido al menos un hijo la posibilidad de acceder a la jubilación con tasa completa antes de la edad legal de jubilación si acumulan suficientes periodos de maternidad y cuidado de hijos. Esto permite incrementar la pensión por cada periodo cotizado entre el momento en que se alcanza la tasa completa y el acceso efectivo a la jubilación, bajo determinadas condiciones. Es un dispositivo que recompensa a los progenitores cuyos periodos de maternidad han permitido anticipar la fecha de jubilación.

Cómo verificar tus derechos y evitar omisiones

El certificado de carrera de cotización disponible en la sede electrónica de la Seguridad Social indica el detalle de los periodos computados, incluidos los vinculados a los hijos. Es útil consultarlo con antelación, mucho antes de solicitar la jubilación, para detectar una posible ausencia de periodos por cuidado de hijos, una distribución mal registrada entre los dos progenitores, u omisión de periodos que cuentan a pesar de todo para la jubilación. Una regularización sigue siendo posible ante el INSS, pero requiere justificantes (certificados de nacimiento, documentación de organismos públicos, solicitud de distribución de periodos) que es mejor reunir de forma preventiva, en el marco de las verificaciones a realizar antes de solicitar la jubilación, en lugar de hacerlo con urgencia durante el proceso de liquidación de la pensión.

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Alain

Blogueur spécialisé en immobilier et business
Alain partage son expertise en immobilier et entrepreneuriat à travers des articles pratiques et des conseils pour développer son activité. Il accompagne ses lecteurs dans leurs projets d'investissement et de création d'entreprise avec une approche basée sur l'expérience.
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